Lacayos y cómplices: de nuevo sobre el euro por receta

4444370nosotros-caos“Cuando el gobierno viola los derechos del pueblo la insurrección es para el pueblo, y para cada porción del pueblo, el más sagrado de sus derechos y el más indispensable de sus deberes.”

Artículo  XXXV de la Declaración del Hombre y los Ciudadanos.

Hace unos días nos hacíamos eco en estas páginas de la campaña de insumisión popular al  repago de un euro por receta. Abordamos de nuevo hoy este asunto a raíz de un caso particular que nos ha hecho llegar una compañera de la asamblea y que pensamos puede ayudar a aclarar ciertos malentendidos sobre cómo objetar a esta injusta medida, ya que tanto desde los medios de comunicación de masas como desde otras plataformas -este blog incluido, mea culpa- se ha difundido una información que es incorrecta respecto a cuál es el procedimiento para objetar: la necesidad de firmar un formulario creado a tal efecto por la Comunidad de Madrid, en el que la persona firmante declara que no paga la tasa.

Formulario  El día 31 de Diciembre de 2012 el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid envío a todos los colegiados la siguiente circular (ver aquí) en la que expresamente se informa a los mismos de que deben dispensar los fármacos recetados en cualquier caso, tanto si el usuario accede a firmar el formulario como si no:

«2.2 Negativa a pagar la tasa y a rellenar el formulario habilitado al efecto.

En el caso de que el paciente o persona que actúe en su nombre, además

de no pagar la tasa se niegue a rellenar y firmar el formulario, el

farmacéutico dispensará el producto, y en un formulario escribirá en la parte

superior la leyenda “NIEGA TASA”, estampillará en el formulario el sello de

la farmacia, lo firmará, y lo adjuntará a la receta (con un clip), sin más

diligencias adicionales. Entregará al paciente una copia sellada (sello

farmacia) y rubricada del mismo.»

pág 2 de la circular  del COFM

Cualquier lector se preguntará sobre el porqué de esta aparente contradicción. Desde estas páginas entendemos que la imposición de tal requisito – como es el firmar declarándose insumiso a una norma legal- contraviene el principio constitucional, recogido en el artículo 24, 2) de la CE-, que establece que ninguna persona estará obligada a declarar en su contra. Entendemos, además, que firmar este formulario supondría la renuncia a cualquier posibilidad de impugnar la sanción asociada (sanción administrativa de 1,20 euros) al no repago de un euro por receta.

Así las cosas, esta mañana nos llegó el caso de una compañera que se acercó a la farmacia  de la calle Cañada Nueva 32 (cruce con calle Pozas), en San Lorenzo de El Escorial, para adquirir unos fármacos recetados por su médico y con la intención de no pagar y de no firmar ningún documento. La respuesta del farmacéutico titular del establecimiento fue la esperada: o se abona el euro por receta ( en este caso tres euros) o no se le dispensan los fármacos. Al cabo de un rato y tras revisar e imprimir la circular del COFM, nuestra compañera volvió a la farmacia y le dio a leer esta al farmacéutico, a lo que este contestó que la misma era de uso interno y que la alternativa era la misma: o pagar o firmar. Ante esta postura, nuestra compañera tomó los datos del establecimiento para poder preparar la denuncia según el modelo que adjuntamos al final de esta entrada.

Acto seguido, se trasladó a otra farmacia de San Lorenzo de El Escorial, en la que entregó sus recetas y expresó su deseo de no pagar y de no firmar el formulario de la CAM, alegando la disposición antes citada de la circular del COFM, a lo que la farmacéutica que la atendió no opuso ninguna objeción. Le entregó los medicamentos y procedió a su cobro ( por cierto 99 céntimos, ni una tercera parte del coste de la tasa).

Desde estas páginas animamos a toda aquella persona que necesite adquirir algún medicamento a no pagar ni firmar ningún documento y a denunciar ante el Juzgado en caso de no obtener los fármacos – recordamos que la denegación de asistencia sanitaria y la prestación farmacéutica lo es, está tipificado en el Código Penal, artículo 196-. Para ello, adjuntamos modelo de denuncia ante el Juzgado y queja formal ante el Ministerio de Sanidad y ofrecemos estas páginas a cualquiera que quiera denunciar públicamente a una farmacia: no podemos permitirnos más leyes injustas ni más conductas lacayunas.

Modelos:

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